31 jul 2012

Reclamaciones Paga extra e IRPF para funcionarios e interinos



ATENCIÓN FUNCIONARIOS E INTERINOS

Mirad en la página de los sindicatos. Ahí tendréis dos modelos de reclamación para enviar a la Dirección de Personal de vuestras Consejerías. 

El primero está relacionado con la paga extraordinaria de Diciembre. Tanto los que trabajéis como los que no trabajéis a partir de Julio, habéis estado ganando dinero para cobrar la paga extraordinaria de Diciembre desde el día 1 de junio, que es cuando se empieza a contar. El Decreto que anulaba la paga extraordinaria se hizo efectivo el día 15 de Julio, por lo que si habéis trabajado Junio tenéis derecho a cobrar los días pertinentes. Y si habéis trabajado Junio y los primeros quince días de Julio también, ya que la ley no tiene carácter retroactivo.

El segundo está relacionado con las retenciones del IRPF. Tanto los que trabajéis como los que no trabajéis, pero os puedan llamar para sustituciones, estaréis ganando menos dinero al año al retirar la paga extraordinaria. Por ello, debéis solicitar a través de la reclamación que se os retenga menos IRPF, y poder cobrar más al mes.

¡Ánimo, compañeros!


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